jueves, 27 de diciembre de 2012

Un claro ejemplo de eutanasia en Sevilla


El otro día hablando con un amigo sobre este tema, me contó que hacia un año más o menos había habido un caso Sevilla. Me llamo tanto la curiosidad que os dejo la noticia.



"Pedro Martínez quería que su caso abriera de nuevo el debate sobre la eutanasia en España y lo ha conseguido. Pedro, de 34 años, padecía una esclerosis lateral amiotrófica (ELA) y murió el lunes en Sevilla tras una sedación administrada por médicos de la asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD). La sanidad andaluza había rechazado sedarle al entender que no se encontraba aún en “situación de agonía”, el requisito que marca la ley para acelerar el final de la vida. Los médicos de DMD discrepan. Y los expertos en bioética creen que situaciones como esta dejan a la vista tantas “incongruencias” que no habría que demorar más la reforma del Código Penal.

Cinco días antes de morir, Pedro compartió con EL PAÍS su decisión, sobre la que no albergaba dudas. “Cuando ya no puedes valerte por ti mismo no es una vida digna”, dijo. El doctor Luis Montes, presidente federal de DMD, ha seguido de cerca su caso y asegura que la situación ya era “insoportable”. El enfermo contactó con la asociación hace más de año y medio. “Nosotros le indicamos que fuera buscándose una solución dentro del servicio público de salud. Pero le garantizamos también que cuando entendiera que el servicio público le estaba agrediendo y no atendía a su voluntad, nos iba a tener a su lado”, cuenta Montes.

Pedro cumplió. Su caso siguió en manos de la sanidad pública pero, amparado en la ley estatal de Autonomía del Paciente y en la andaluza de Muerte Digna, rechazó recibir cualquier tratamiento que le pudiera prolongar la vida. Cuando su estado se agravó, pidió a los médicos de cuidados paliativos del Hospital Macarena que le sedaran, pero estos consideraron que su situación no era terminal. La consejera andaluza de Salud, María Jesús Montero (PSOE), avala la actuación de sus profesionales. “Hemos estudiado detenidamente su caso, pero todavía no estaba en las circunstancias clínicas necesarias para una sedación paliativa. Lo que él pedía era una eutanasia y eso hoy no es posible”, sostiene Montero.

"La alternativa que le dio la sanidad pública era que dejara de comer. Y cuando tuviera temblores, le sedaban”

El presidente de DMD no opina lo mismo. “Medía 1,90 y pesaba poquísimo. Tenía anorexia, 40 respiraciones por minuto, no podía casi tragar. Era una clara situación terminal y ahí está indicada la sedación paliativa”, afirma Montes. “La alternativa que le dio la sanidad pública era que dejara de comer. Y cuando tuviera temblores, etcétera, ya le sedaban. Eso es una crueldad”.

Los médicos de paliativos le visitaron por última vez la semana pasada y el diagnóstico, según la consejera de Salud, seguía siendo el mismo. “Clínicamente no estaba en agonía. Evidentemente, podía entrar en situación terminal en cualquier momento, pero no se puede decir cuándo”, advierte Montero. Su departamento solo ha conocido los detalles del final de Pedro por EL PAÍS y considera que en los últimos días se pudieron producir “cambios” que avalaran la sedación.

En cualquier caso, la consejera recuerda que este es “el típico caso” que está regulado en otros países, pero no en España. ¿Habría que plantearse hacerlo? “Cuando se debatió la ley estatal se decidió posponer los avances sobre esta cuestión y en eso siempre hemos sido disciplinados con el Gobierno de España. Pero el debate es necesario y enriquecedor y traer a la opinión pública situaciones como esta es positivo para seguir reflexionando”.

La consejera recuerda que este es “el típico caso” que está regulado en otros países, pero no en España

La ayuda al suicidio está tipificada como delito en el artículo 143 del Código Penal. El catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Málaga José Luis Díez Ripollés insiste en que la clave es saber si Pedro estaba en “situación terminal”. “Si es así, no hay problemas en aplicarle la sedación. En todo caso, ninguna ley establece un plazo a partir del cual debe entenderse que entra en situación terminal. Pero si no está en una situación terminal, pero tiene una calidad de vida muy baja, por una enfermedad que le va a conducir en plazo breve a la muerte, nos tropezamos con un supuesto que no está adecuadamente resuelto en nuestra legislación, la cual debería reformarse”.

Victoria Camps, presidenta del Comité de Bioética de España, y Lluís Cabré, Jefe de Servicio de Cuidados Intensivos del Hospital de Barcelona y miembro del Observatori de Bioètica i Dret, coinciden en que el choque entre ética y ley en casos como este es insostenible. “Creo que aquí lo más ético era ayudar a morir, pero esto hoy jurídicamente no está contemplado”, advierte Camps, quien defiende que se “corrija” el artículo 143 del Código Penal. “Lo que ocurre es que hay miedo a hacerlo porque eso es dar vía libre a la eutanasia y hay un sector de la sociedad que no lo aceptaría”. Por eso, en su opinión, los responsables políticos han optado por “hacer la vista gorda”. “Todos sabemos que situaciones como las de este chico se dan muy a menudo”.

Más duro es Cabré, para quien la situación actual es “pura hipocresía”. "Esto es lo que pasa cuando no se quiere afrontar la realidad social”, advierte. “Si a este chico se le sedó, se puede considerar una eutanasia y eso hoy es un delito. Pero, bajo un punto de vista ético, estamos totalmente de acuerdo en que él es el responsable de su vida y, si quiere una sedación terminal, hay que dársela. Faltaría más”.

En su conversación con EL PAÍS Pedro quiso reivindicar “la eutanasia legal”. “Ojalá con mi caso se reabra el debate”. Su deseo se cumplió.



Tipos de aspectos que influyen a la hora de practicar la eutanasia.

Después del debate voy a tocar los aspectos sociales, religiosos y psicológicos en torno a la eutanasia, temas como son tan importantes como problemas éticos, lo que piensan los médicos (sus puntos de vista) o morales.

  • Aspectos Sociales

Problemas éticos: Debido a algunas enfermedades el paciente tiene dolores intolerables y casi siempre el tratamiento duele más que la propia enfermedad, por eso piden “la eutanasia” pero ¿tiene el estado el derecho a negarles el deseo a morir? El gobierno de cada país tiene el derecho de involucrarse en casos relacionados a la eutanasia. El estado también puede especificar con cuanta frecuencia alguien puede autorizar la eutanasia. Pero en resumidas cuentas para el estado el individuo es el que puede decir.

En algunos casos el paciente se siente presionado y desea quitarse la vida, pero el estado toma medidas de control estricto para que el paciente no sea influenciado. Lo que queda prohibido por el estado es que el doctor decida quitarle la vida sin el consentimiento. Sin embargo una persona con limitaciones mentales o físicas que se encuentre en un hospital con una enfermedad terminal no puede tomar esa opción, el estado no le considera ese derecho. 

Punto de vista de los doctores: Cuando se practica la eutanasia los sentimientos y valores suelen estar mezclados, esto ocurre normalmente cuando el doctor tiene una relación muy estrecha con su paciente.

  • Aspectos Religiosos

Problemas morales: Si un individuo es religioso (tanto judío como cristiano) creerá que la vida es algo sagrado y el hombre no tiene derecho de ponerle fin. En cambio, si una persona se considera atea el hecho de que se practique o no la eutanasia no afectara a su conciencia. Los religiosos rechazan esta práctica por tres razones.
  1.          Viola el deseo natural de vivir
  2.           Hiere a otras personas
  3.            La vida es un regalo de Dios y solo él puede quitarla

  •      Aspectos psicológicos

El paciente y su familia: Muchas veces los tratamientos para combatir una enfermedad prolongan el sufrimiento del paciente e incluso alargan el proceso de su propia muerte, por ello muchos desean la misma muerte antes que realizar esos tratamientos. La decisión final solo la puede tomar el paciente y habitualmente depende mucho de su actitud mental y como no depende del tipo de apoyo que recibe de los que le rodean.
  1.       Actitud positiva: hará todo lo que este en su alcance para prolongar su vida a través de lo que haga falta.
  2.       Actitud negativa: no encuentra motivos para vivir, siente que no vale la pena luchar para vivir si de todos modos va a morir.

e    Pero en realidad no solo el paciente es el único afectado, la familia del enfermo puede verse en una situación difícil viendo cualquiera de las dos soluciones.

En resumen, el asunto de la eutanasia es más complejo de lo que parece ya que muchos son los aspectos que lo componen. Cada caso debe verse de forma separada tomando en consideración las circunstancias que lo rodeen.


miércoles, 26 de diciembre de 2012

¿Debate social o debate medico?


Que es en realidad la eutanasia, bueno ya sabemos de sobra que es una acción que se hace para evitar sufrimiento a las personas acelerándole la muerte pero siempre con su consentimiento. Pero ¿porque no esta la gente de acuerdo con este hecho? Quizas sea un debate medico o igual un debate social.

Se puede hablar de muchos tipos de eutanasia pero concretamente a la hora de realizar este debate nos vamos a basar en la eutanasia pasiva según lo explica la Organización Mundial de la Salud (OMS) que lo define como "el acto deliberado de poner fin a la vida, a petición propia o de algún familiar".

Si creeríamos que el debate sobre este tema tiene un carácter social, los protagonistas serian políticos, legisladores, jueces, etc…, es decir, lo pondríamos en manos de la propia sociedad que debería un juez decidir tras un amplio informe que debería ser elaborado por varios médicos exponiendo una situación real de un paciente. Es decir, podría ser un debate económico incluso pero nunca hablaríamos de un debate medico. Puesto que para realizar la eutanasia para poner fin a la vida no se necesita ningún titulo, es decir, lo podría realizar cualquier persona.



Los médicos (gran mayoría) están en contra del encarnizamiento terapéutico deben exigir y defienden la muerte digna, sin dolor, es decir con el mínimo dolor del paciente y para los familiares que le rodean. Por ello y para todo esto existe las Unidades de Cuidados Paliativos. En España a los cuidados paliativos no se les presta la atención que se merecen. A veces parece como si se les considerara un tema de segundo nivel dentro de las prioridades del sector sanitario, cuando es un derecho de todos los ciudadanos.

La principal tarea de un medico y de todo su equipo hacia pacientes terminales consiste en facilitar todo tipo de cuidados paliativos que incluye aliviar, prevenir el sufrimiento y dar al paciente la asistencia necesaria para proteger o mejorar su calidad de vida. Por tanto, no es ético tomar medidas cuyo fin sea terminar con la vida de un paciente. Así lo expusieron las ordenes medicas europeas celebrada en 2004.

Bajo mi punto de vista el mejor final de la vida consistirá lograr que un paciente muriera con dignidad. Por ello, creo que en situaciones terminales, lo más importante es respetar los derechos de los pacientes. El paciente tiene derecho a rechazar tratamientos e incluso la alimentación y por ello el paciente tiene todo el derecho a decidir si quiere abandonar o no iniciar el tratamiento. Por todo esto creo que es muy importante que la eutanasia se considere como eutanasia que no intentan poner otros intereses a lo que en realidad es.

¿Qué opina la ONU de la eutanasia?



Por primera vez en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas todos están de acuerdo con una frase que me da a entender que podemos elegir, "Todos tenemos el derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de las personas" (Artículo 3). Aunque las religiones apoyan la vida sobre todo en este artículo no se expresa nada con la fe.

Actualmente muchos países de la ONU han legalizado el aborto, la destrucción intencional del niño en el útero e incluso algunos países han legalizado o están al borde de legalizar la eutanasia.

Hay una gran de cantidad de médicos que no están de acuerdo con esta nueva legalización y están en todo su derecho de no practicarla aunque esta ley protege a aquellos médicos que la practiquen es decir a los que ayudan a darles muerte a sus pacientes, no aquellos pacientes que mueren culpa de un médicos.



Debido que existen dos opciones respecto a este tema existen una serie de organizaciones que defienden la vida y por ello están en contra a la eutanasia, aborto, etc…

Esta seria una pequeña lista de asociaciones que educan al publico sobre el crimen de la eutanasia, suicidio asistido, etc… y que defienden a los enfermos, ancianos y cualquier persona que pueda o sea victima de estas situaciones.

  • Vida Humana Internacional.
  • Human Life International (HLI).
  • American Academy of Medical Ethics (AAME).
  • American Life League (ALL).
  • Americans United for Life (AUL).
  • Center for the Rights of the Terminally Ill (CRTI).
  • Citizens United Resisting Euthanasia (CURE).
  • International Anti-Euthanasia Task Force (IAETF).
  • Jews Opposing Euthanasia.
  • National Conference of Catholic Bishops (NCCB).
  • National Right to Life Committee (NRLC).
  • Physicians for Compassionate Care (PCC).

martes, 25 de diciembre de 2012

La eutanasia a nivel mundial



En la actualidad existen varias posiciones legales frente a la aplicación de la eutanasia, os voy a hablar de algunos países de Australia, América y Europa.

  •   Canadá

La eutanasia es legal pero un medico nunca debe participar en ella. Se practica excesivamente con enfermos terminales pero el gobierno evita discutir sobre el tema.

  •  Estados Unidos

En Oregón se legalizo en Noviembre de 1994, pero bajo condiciones muy limitadas, aunque en Marzo de 1996 la Novena Corte de circuito de Aplicaciones declaro: “cuando los pacientes ya no pueden perseguir la libertad o la felicidad y no desean tener la vida, el rigor del Estado en vigor para mantenerlos vivos es menos obligatorio. Un adulto enfermo terminal tiene un interés fuerte en la libertad de elegir una muerte digna y humana, en vez de ser reducido a un estado de impotencia". Actualmente solo se puede practicar la eutanasia en pacientes terminales

  •   Australia

Se  permite realizar la eutanasia activa pero siempre bajo cuidadosos controles.

  •  Cambodia

En Mayo de 1997 la Corte Constitucional legalizo la eutanasia para enfermos terminales, pero ahora los jueces tendrán que rescribir la reglamentación y evaluar cada caso.

  •  Japón

Esta permitida la eutanasia, pero tiene cuatro restricciones sobre la practica:
1) El paciente sufre un dolor físico inaguantable
2) La muerte es inevitable e inminente
3) Se han tomado todas las medidas posibles para evitar eliminar el dolor
4) Y por supuesto el paciente ha expresado su consentimiento claramente.



domingo, 25 de noviembre de 2012

Un caso real, Ramón Sampedro



Hoy os voy a hablar de un claro ejemplo de eutanasia Ramón Sampedro que inspiro la famosa película Mar adentro protagonizada por Javier Bardem y Belén Rueda.


Este gallego nació el 5 de enero en Puerto del Son. A los 18 años se metió de lleno en la marina como mercante con el objetivo principal de conocer mundo pero a los veinticinco años tras un accidente su vida se truco, se tiro de cabeza al agua desde una roca un día de resaca marítima, la cual le dejo tetrapléjico y postrado en una cama para el resto de su vida.


Este señor fue el primer español que pidió el suicidio asistido argumentando el derecho de cada individuo a disponer de su propia vida, estando incapacitado para cometer suicidio. Su petición fue denegada porque el Código Penal vigente no lo permitía, al igual que ocurre actualmente como indica que "El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar"  este será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a la de prisión de 2 a 5 años (para la mera cooperación con actos necesarios) o a la de prisión de 6 a 10 años (si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte).

Pero toda su desgracia no le impido a Ramón escribir dos libros, Cartas desde el Infierno (1996) y el poemario Cuando yo caiga (1998). Falleció en Boiro el 12 de enero de 1998 por envenenamiento de cianuro potásico, ayudado por una amiga Ramona Maneiro.

Ésta fue detenida días después pero no fue juzgada por falta de pruebas. Siete años después, una vez que el delito hubo prescrito, Ramona admitió en televisión haber facilitado a Ramón el acceso al veneno que le causó la muerte y haber grabado el vídeo donde éste pronunció sus últimas palabras.


miércoles, 14 de noviembre de 2012

Testamento vital


Existe el testamento vital que es un documento de carácter privado en el cual las personas  que quieren dejan por escrito su voluntad de no ser mantenidos en esta vegetativo, resumiendo, no desean alargar sus sufrimientos en situaciones irreversibles.

El testamento vital es un documento de carácter privado mediante el cual las personas que lo desean hacen constar por escrito su voluntad de no ser mantenidos en estado vegetativo ni, en general, de alargar sus sufrimientos en situaciones irreversibles.

En España, existe un testamento vital que fue propuesto por la Asociación Derecho a Morir Dignamente que permite a la persona adulta, que lo firmara bajo la presencia de testigos y deberá expresar  “su voluntad de no ser sometida, en el caso de una enfermedad irreversible que cause graves sufrimientos, a tratamientos que prolonguen su vida”. El firmante además designa, a la persona que nombra como representante suyo, en el caso de que quede inconsciente. El testamento, en su forma actual, no reclama ni la ayuda al suicidio ni la eutanasia activa. En torno al ámbito legal, no existe ninguna regulación al respecto.

Se cuestiona la validez del testamento vital debido a que sus actuaciones son minoritarias, y también en el tiempo que trascurre desde la firma hasta dicho momento. En cualquier caso, debe reconocerse el valor indicativo del testamento vital en cuanto a las preferencias del paciente ya que es una declaración expresa de su voluntad.

Ejemplo de testamento vital

 “El abajo firmante  ..........................  ejerciendo mis derechos civiles, declaro con plena consciencia y libertad que si algún día me viese incapacitado para expresar mi voluntad y los tratamientos posibles no fuesen capaces de devolverme a una vida consciente y autónoma, pido encarecidamente:
1º- Que se abstengan de cualquier encarnizamiento terapéutico para prolongar abusivamente mi vida.
2º- Que se utilicen todos los medios para calmar mis dolores, incluso si los únicos que queden por utilizar y que sean eficaces pueden acortar mis días.
3º- Que en última instancia se me conceda la eutanasia, es decir, una muerte dulce, consciente de que con eso planteo un problema, sobre todo a los médicos y al personal sanitario, pero convencido de que tendrán en cuenta ante todo el respeto a la persona humana. Confío en que los médicos, el personal sanitario que me cuide o cualquier otra persona respete estas mis últimas voluntades y les doy las gracias por ello.”



Rechazo del tratamiento vital



El paciente tiene derecho a decidir sobre su propio tratamiento, siempre que se le haya informado anteriormente. Esto viene dado por numerosos preceptos constitucionales así como por una ley general de sanidad de 25 de abril de 1986, esta ley dice que el paciente puede elegir entre las opciones que le de el medico. Para ver que todo esto es correcto se acude a ver la Constitución en el artículo 15, que trata sobre el derecho a la vida, apareciendo así el problema si existe o no derecho de disponer de la vida.

El 2 de julio de 1990 la sentencia del Tribunal Constitucional relativa al recurso de amparo presentado por unos presos que habían empezado una huelga de hambre, declaro al respecto que no supone tortura inhumanos o degradantes  “la autorización de una intervención médica, como la impugnada por los recurrentes, que, en sí misma, no está ordenada a infligir padecimientos físicos o síquicos ni a provocar daños en la integridad de quien sea sometido a ellos, sino a evitar, mientras médicamente sea posible, los efectos irreversibles de la inanición voluntaria, sirviendo, en su caso, de paliativo o lenitivo de su nocividad para el organismo. En esta actuación médica, ajustada a la lex artis, no es objetivamente reconocible indicio alguno de vejación o indignidad”.

Es decir, se puede afirmar que el paciente adulto y mentalmente sano, tiene la libertad de negarse a todo tratamiento, incluso aunque al rechazarlo ponga en su vida en peligro hasta el punto de llegar a la muerte. Con todo esto llegamos a la conclusión que si el medico respeta la decisión del enfermo no incurre en responsabilidad penal, es decir, no se le podrá imputar un delito de auxilio al suicido.




Punto de vista del derecho penal




Como ya hemos explicado anteriormente eutanasia se entiende por el acuerdo de interés o voluntad de otra persona que padece una lesión incurable, normalmente mortal, que debido a esto le causa graves sufrimientos que afectan a su forma de vida. Literalmente eutanasia significa “muerte dulce”.

En nuestra legislación la primera referencia que nos encontramos es en el código penal, artículo 143



“1. El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años.
2. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años al que coopere con actos necesarios al suicidio de una persona.
3. Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte.
4. El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este artículo.”

          Este articulo lo que nos da a entender que la ley castiga a todo aquel individuo que ayude, coopere o ejecute en la muerte de una persona que no quiere vivir, los castigos consisten en penas de prisión elevadas. 

Penas:
- De 2 a 5 años de prisión por actos de auxilio necesario al suicidio (art. 143,2 CP)
- De 6 a 10 años de prisión por cooperación que llegue a la ejecución (art. 143,3 CP


martes, 30 de octubre de 2012

Asociación Derecho a morir dignamente




He estado investigando por Internet y he encontrado una Asociación sin animo de lucro creada en 1984 que esta registrada en el Ministerio del Interior.

Sus principales fines son:

1) Promover el derecho de todo individuo a poder disponer de su cuerpo y vida libremente, a elegir libre y legalmente.

2) Defender el derecho de los enfermos terminales e irreversibles a morir sin sufrimiento si es que así lo desean.




Para esta sociedad la disponibilidad de la propia vida, es decidir como finalizar la vida sin sujetarse a opiniones o directrices ajenas a su propia voluntad es un bien innegociable reconocido en nuestra Constitución. Esta posición o decisión esta respaldada por la gran mayoría de los ciudadanos.

Esta asociación esta en varias comunidades autónomas: Andalucía, Aragón, Asturias, Catalunya, Euskadi, Galicia, Madrid, Navarra y Comunitat Valenciana con más de 4000 socios.

Su principal finalidad es  "Promover el derecho de toda persona a disponer con libertad de su cuerpo y de su vida, y a elegir libre y legalmente el momento y los medios para finalizarla, y defender el derecho de los enfermos terminales e irreversibles a, llegado el momento, morir pacíficamente y sin sufrimientos, si éste es su deseo expreso."


martes, 16 de octubre de 2012

Aproximación del concepto a la regulación del Código Penal.



Para empezar en España la legislación no contempla ni establece una regulación específica y completa sobre este tema, y donde únicamente hace referencia es en el Código Penal donde dice que existe una sanción punible, de forma atenuada respecto a otras conductas de instigamiento y cooperación en un suicidio ajeno.

En caso de la proposición de Ley Orgánica sobre la eutanasia, se planteaba la exención de pena para estos comportamientos, reformando así la regulación del Código Penal, incluso se plantaría la posibilidad de reconocer al paciente o a sus representantes el derecho a decidir.




En la Unión Europea nos encontramos con dos de veinticinco países que disponen de una legislación que acepta la eutanasia activa bajo circunstancias muy específicas (Holanda y Bélgica).

Por todo ello, debemos conocer que la eutanasia se debe ceñir aquellos supuestos en que una persona presente un cuadro clínico irreversible, es decir enfermedades incurables o cuadros que traen consigo sufrimientos físicos o psíquicos insoportables para el paciente. 

miércoles, 10 de octubre de 2012

Tipos de eutanasia




No existe una lista o esquema a la hora de hablar de los diferentes tipos de eutanasia que existen, pero sin embargo se podrían tener en cuenta unos criterios como la intención de causar la muerte, como procede, si hay consentimiento del paciente…

1) Eutanasia directa: cuando las acciones que se realizan sobre el paciente (enfermo) tienen la intención de provocar su muerte.

- Eutanasia activa: cuando se ocasiona la muerte del paciente administrándole sustancias letales.

- Eutanasia pasiva: cuando se procede por omisión  esto quiere decir, se suspende el uso de los instrumentos que permitan mantener con vida al paciente.

2) Eutanasia indirecta: cuando no se intenta acortar la vida sino aliviar su dolor o sufrimiento.

3) Eutanasia voluntaria: cuando un individuo tiene las capacidades tanto físicas como mentales para pedir que le ayuden a morir.

4) Eutanasia no voluntaria

- Cuando un individuo no posee capacidades físicas y mentales para pedir ayuda para morir o para oponerse.
- Cuando un individuo ya no posee capacidades físicas y mentales para pedir ayuda a la hora de morir pero lo expreso previamente.




lunes, 1 de octubre de 2012

¿Que sucede en otras partes de Europa?


Bueno antes de hablar de que sucede en España con la eutanasia, voy a explicaros que sucede en Europa.

El 25 de enero la asamblea parlamentaria del consejo de Europa llego a un acuerdo en el cual “La eutanasia en el sentido de muerte intencional por acción o por omisión de un ser humano dependiente, para su supuesto beneficio, debe ser siempre prohibida y en caso de duda, la decisión debe ser siempre a favor de la vida y a favor de la prolongación de la vida”. Detrás de esto no solo se esconden principios éticos, sino la violación de los derechos humanos en los países que si han legalizado este acto.

SITUACIÓN ACTUAL  EN LOS PAÍSES DE EUROPA

¿En que consiste la eutanasia?

Es un fallecimiento en el cual el enfermo es asistido por un profesional medico, quien prescribe una dosis letal. En cambio, en Suecia el paciente o enfermo la conseguiría de un tercero y la toma.

-Países que la practican:

Holanda a partir del 2002 lo puso como un acto legal, fue el primer país que asistió a los enfermos terminales que deseaban con desesperación la muerte.

Suiza lo aceptaba desde 1941 pero en fue en el 2005 donde un hospital acepto este acto pero debía procederse en el hogar del enfermo, es decir en este país no penaliza el suicidio asistido sin la participación de un medico, es decir, se llega a la conclusión que cualquier individuo sin formación medica puede practicar la eutanasia. Actualmente, quieren cambiar la ley para que el suicidio asistido solamente sirva como ultimo recurso en unas enfermedades determinadas como las terminales.

Bélgica fue el segundo país que lo despenalizo en el 2002. La legislación, la misma en Holanda, establece que deben formar parte del hecho dos medico y un psicólogo, esto seria así si surgen dudas de la capacidad mental del paciente.

Alemania lleva sin ejecutar penas por este acto desde 1751, pero en cambio, considero que la eutanasia era un crimen. La Corte decidió que aquellos que cuidan y atienden a un paciente pueden tomar medidas si es el deseo del enfermo.

Luxemburgo en 2008 en febrero el Parlamento respaldo una ley para legalizar la eutanasia y el suicidio asistido, pero el duque se negó a firmarla aunque finalmente se llevo a cabo por el poder de veto. Es decir, desde 2009 un medico esta autorizado para llevarlo a cabo pero en determinadas situaciones es decir,  un enfermo terminal si lo pide reiteradas veces puede llevarse a cabo.







martes, 25 de septiembre de 2012

Un poco de historia sobre la Eutanasia




Mirando por Internet la mejor definición que he llegado a encontrar sobre la eutanasia.

“Consiste en provocar la muerte de otro por su bien, lo cual conduce necesariamente a acotar las circunstancias y supuestos (mayoritariamente ligados al contexto médico-asistencial) que dan sentido a esta actuación humanitaria, piadosa y compasiva. El elemento central que define la eutanasia no es la concurrencia o ausencia del consentimiento del sujeto que muere, ni la modalidad activa u omisiva de la conducta que provoca la muerte, sino los móviles que la animan.



Una vez sabido que significa la eutanasia empezare poniendo un poco de historia sobre este tema.

En Grecia la eutanasia la veían como algo normal, la concepción de la vida era diferente. Ellos pensaban que preferían no sufrir y morir, antes que vivir una mala vida, por ello no tenían discusiones sobre este tema,
Hipócrates era el único que no estaba de acuerdo porque propuso prohibir a los médicos hacer la eutanasia activa, es decir, ayudar a cometer un suicidio.
En la Edad Media, en cambio, algunas de las creencias religiosas consideraban pecado, el aborto, el suicidio y la eutanasia. En la modernidad, creen que la salud puede llegar a ser alcanzada con apoyo técnico, las ciencias naturales y con la medicina.
Ya desde 1623 existen documentos sobre la eutanasia, un claro ejemplo es el del filósofo ingles Francis Bacon. Aunque ya en 1516 en el libro Utopía, Tomas Moro, ya hablaba de como se justificaba el suicidio y la eutanasia pero sin llegar a usar los nombres que hoy en día conocemos.
A comienzos del siglo XX, en múltiples países europeos se fundan sociedades para legalizar la eutanasia activa, en aquellas discusiones toman parte médicos, abogados, filósofos y teólogos. Por ejemplo, en la primera guerra mundial al no tener suficiente economía se ayuda a matar a lisiados y enfermos mentales, por no poder pagarles su curación.
En América del Sur existía una persona llamada “despenador/a” que se encargaba de hacer morir a los enfermos por petición de los familiares.
Holanda fue el primer país que lo legalizo, en España hasta 1995 ayudar a fallecer a una persona era considerado homicidio, un ejemplo claro de eutanasia fue Ramón Sampedro ( ya hablare mas sobre ese tema y toda la repercusión que tuvo en nuestro país).

jueves, 20 de septiembre de 2012

Primeras opiniones sobre la Eutanasia

Bueno he elegido el tema la eutanasia para un trabajo de Derecho Civil, no solo lo he cogido por que sea un tema del cual se pueda sacar bastante información, si no también porque es un tema muy actual, en el cual mucha gente puede estar a favor o en contra.

Para ello todas las semanas intentare poner información para que la gente se pueda  posicionar en un lado o en el otro de la balanza. Es decir, pondré varios puntos de vista sobre este tema.

Para empezar pondré mi opinión sobre la Eutanasia y lo que realmente es y conlleva, mi opinión es a favor aunque también entiendo a los que están en contra porque siempre nos han enseñado a salvar vidas, como por ejemplo te dicen que si tu ves un accidente debes socorrer, pero hay veces en mi opinión que no merece  que ayudemos a sobrevivir si la forma de vivir va a ser dolorosa, es decir gente que depende totalmente de otras personas y desean morir creo que están en su derecho a decidir morir aunque el código de los doctores no lo acepte.